VI
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente recusación.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la recusación propuesta, por los abogados Marco Aurelio Gómez Montilla y Jesús Eduardo Lares Sarmiento, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.715.337 y V-12.207.461, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.995 y 153.723, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de la ciudadana Marvin Yureima Crespo Rubio, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.351.180, contra el Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, abogado Orlando José Contreras L.....