este Juzgado Superior en lo Civil y contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por el abogado PEDRO ANTONIO MORALES AGUILAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 71.521, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ENRIQUE ROCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.660.130, contra la Providencia Administrativa N° 167-03 de fecha 10 de diciembre de 2003, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TACHIRA, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.