Oída como fue la exposición del co-apoderado judicial de la parte demandada, se da por concluida la presente Audiencia Preliminar. Se fija un lapso de tres (3) días de despacho para dictar el auto que va a determinar los lineamientos en los cuales quedó fijado los límites de la controversia, en el cual se fijará el lapso de cinco (5) días para promover las pruebas que no hayan sido promovidas en las fases anteriores del proceso. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.