DISPOSITIVA
En tal virtud de los razonamientos expuestos, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; atendiendo lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes decreta: PRIMERO: CESE DE LA PRESENTE SOLICITUD DE AUTORIZACION DISTINTA A LA ADMINISTRACION DE BIENES en beneficio de la joven adulta, de 19 años de edad, nacida en fecha 16/06/1997. Así se declara. SEGUNDO: CIERRE Y ARCHIVO DEFINITIVO del presente asunto, y su remisión al archivo regional para su custodia y cuido definitivo.