Ahora bien, encontrándose la presente causa dentro del lapso para emitir la decisión correspondiente, considera quien aquí juzga que se hace necesario examinar la totalidad de los antecedentes administrativos del presente caso, pues se constata que los mismos no consta en el expediente, por tal razón se ordena oficiar al ciudadano Alcalde del Municipio Barinas del Estado Barinas, a los fines de que remita en copia certificada la información solicitada dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos las resultas de la notificación; todo ello con la finalidad de dictar una decisión ajustada a derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Asimismo se le indica que en caso de no consignar lo solicitado se decidirá con los elementos cursantes en autos, considerando que "(...) su no remisión constituye una grave omisión que pudiera obrar en contra de la Administración .....