PRIMERO: Declara SIN LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la ciudadana GRACIELA DEL CARMEN FUENTES DE UZCATEGUI, asistida por la abogada en ejercicio DUNIA CHIRINOS LAGUNA, contra actuaciones realizadas por la abogada CIOLY JANETTE ZAMBRANO, quién actuó en su condición de Juez Accidental del Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA intentada por la ciudadana GRACIELA DEL CARMEN FUENTES DE UZCATEGUI contra los ciudadanos DULCE MARIA SALAZAR DE PUCCINI y RAMON ALBERTO PUCCINI PARRA.
SEGUNDO: Se deja sin efecto la medida cautelar de amparo decretada mediante auto de fecha 09-06-2005. y se ordena oficiar al Juzgado de Primera Instancia Tránsito y Agrario; y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: Por cuanto se considera que la presente .....