Con base en los argumentos de hecho y derecho, antes mencionados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara SIN LUGAR LA CONFESIÓN FICTA de la ciudadana MIRELY LILIANA CHACÓN LOBO quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.559.551, parte demandada.
SEGUNDO: se declara IMPROCEDENTA la demanda de acción mero declarativa de unión estable de hecho y partición de bienes comunes, intentado por el ciudadano: FREDDY ALEXANDER MARTÍNEZ ESPITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.988.670 con la ciudadana MIRELY LILIANA CHACÓN LOBO antes identificada.
TERCERO: no se ordena la notificación de las partes, por cuanto la presente decisión fue dictada dentro del lapso previsto en el artículo 362 eju.....