Se Declaro Admisible el presente Recurso de Apelación de Auto interpuesto por los Abgs. Edgardo Ramón Sánchez Clara, Pablo Antonio Pimentel Pérez y Yenny Tatiana Bonilla Torres, en sus condiciones de Fiscales Segundo y Auxiliares Segundos del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra la decisión dictada en fecha 17-06-2010, por el Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la que decreto medida cautelar sustitutiva de la privación preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en detención domiciliaria en su propio domicilio, a favor de la imputada: Jacinta Duran Urbina
De conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó dictar dentro de los Diez (10) Días Siguientes, la correspondiente decisión.
Líbrense las correspondientes Boleta de Notificación.