Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara INADMISIBLE la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales interpuesta por las ciudadanas María Tiodula Linares Ávila y Yilian Bertinez Coronil, titulares de las cédulas de identidad números V-6.591.657 y V-8.165.552, en su orden, por intermedio de sus apoderados judiciales abogados José Gerardo Montilla Díaz y Juan Carlos Vera, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 32.862 y 93.172, en su orden, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BARINAS.