Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos.
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de acción mero declarativa de reconocimiento de unión concubinaria, interpuesta por el ciudadano: Milton Alfron Angarita Nieves, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.923.406, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Isabel Teresa Brito de Lugo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 155.528, en contra de los ciudadanos: María Fernanda Angarita Pumar y Andrés Eduardo Angarita Pumar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V-20.602.290 y V-17.376.727, en su orden, a fin de que se le reconociere mediante pronunciamiento judicial, la unión concubinaria que pr.....