PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio MARCO AURELIO GOMEZ, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano ARTURO MONZON.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 14 de Mayo de 2.004.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior confirmatoria, declara CON LUGAR la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano GUSTAVO JOSE GILLY BOCARANDA contra los ciudadanos ROMERO TEOFILO y MONZON ARTURO y en consecuencia, el restablecimiento de la situación jurídica infringida, y a los efectos de su restablecimiento, se ordena: A los querellados y a las personas por ellos liderizadas, que permanecen actualmente asentadas en las puertas de acceso a la finca propiedad de “AGROPECUARÍA EL CHATO” C.A., permitir el acceso inmediato a .....