En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria, interpuesta por la ciudadana KELYS YORJANA ARIAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16,685.510, domiciliada en el Barrio Antonio José de Sucre de la población de Socopo del Estado Barinas, en
contra del ciudadano HENRRY ANTONIO ROSALES DURAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.839.296, domiciliado en el Barrio Las Flores de Socopo del Estado Barinas, a favor de los niños KLEIVER ANTONIO y KLEIDYS LUISANA ROSALES ARIAS
SEGUNDO: No se ordena notificar a las partes por cuanto la presente Sentencia se dicta en el lapso legal.
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