Por razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
UNICO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrada por las partes en los términos antes expuestos y como consecuencia de la anterior declaratoria se ordena el cierre del presente expediente y el archivo del mismo, a partir del momento en que se efectué el pago integro de las cantidades objeto de la transacción.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, en Barinas, a los catorce (14) días del mes de Octubre de 2008, años 198° de la Independencia y 149° de la Federación
La Juez
La Secretaria,
Dra. Honey Montilla
Abg. Arelis Molina
En la misma fecha se dicto y publico siendo las 8:35 a.m. bajo el No.116. Conste.
La Secretaria,
Abg. A.....