PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de interdicción formulada por el ciudadano Juan Miguel Noguera Vega, asistido del abogado Omar de Jesus Osuna Dávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 25.986.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 11 de noviembre de 2022, que declaro la: INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano Ender José Noguera Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.535.649.