En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, la revisión de la obligación de manutención intentada por la ciudadana Lennys Carolina Quintero Ramírez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.189.551, de éste domicilio, quien actúa en representación de su hija, xxxxx, de diecisiete (17) años de edad, contra el ciudadano Yibranaly Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.199.114.
SEGUNDO: Como revisión de Obligación de Manutención, se ordena al pago de de Diez Mil Bolívares (10.000,00 Bs.) mensuales, por concepto de Obligación de Manutención; veinte Mil Bolívares (20.000,00), para uniformes.....