Por las razones de hecho y de Derecho anteriormente expuestas, este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia así:
PRIMERA: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada, interpuesta por el ciudadano FREDDY OVENTO BARRIOS BARRIOS en contra de los ciudadanos MANUEL BARRIOS, MARIA CLEMENCIA DE BARRIOS y JONNY ALBERTO GUERRERO ROA, identificados en autos.
SEGUNDA: Por las razones expuestas en la motiva de este fallo, se NIEGA el derecho de preferencia del actor para adquirir el inmueble y la consecuente subrogación en el contrato de compra-venta suscrito entre los codemandados de autos.-
TERCERA: Por las razones expuestas en la motiva de este fallo, se declara que el documento autenticado y que consta a los autos no les oponible al actor.
CUARTA: Por cuanto no hay vencimiento total en el presente juicio, de conformidad .....