...este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA NULIDAD de todo lo actuado a partir del auto de fecha 20 de septiembre, cursante al folio 74, mediante el cual se ordenó la citación por carteles conforme a lo previsto en el artículo 50 de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos del Trabajo y se repone la causa al estado de que se continúe el trámite de la citación de las demandadas conforme a derecho.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Se ordena la notificación de las partes, mediante boleta librada por el Juez y dejada por el Alguacil en los respectivos domicilios.
Publíquese, regístrese, expídase las copias de ley.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscrip.....