este Tribunal considera dada la magnitud y la importancia del desarrollo de la investigación, Acordar lo solicitado por la Fiscal del Ministerio Público Abg. Carmen María León de Rodríguez y el Defensor Público de Adolescentes, Abg. Miguel Guerrero, en consecuencia SE FIJA un Plazo Prudencial de Sesenta (60) días continuos a partir de la presente fecha, hasta el día Lunes Trece (13) de Junio de 2005, para que el Ministerio Público concluya con la investigación, todo de conformidad con el conformidad con el 2° aparte del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Las partes quedan notificadas de la presente Decisión con la lectura y firma del Acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:30 a. m., en la Sala de Audiencias del Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.----------------------------------------------