Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado del Municipio Sosa, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, hecho entre las partes en el presente juicio. Se ordena el archivo del expediente. Publíquese y Regístrese en los Libros respectivos.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Sosa, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los Catorce días de abril de 2008. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez Temporal,
Abg. Josè Lindolfo Camacho.
La Secretaria,
Leticia A. Monagas.
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