Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Diana López en su condición de Defensora Pública, contra la decisión dictada en fecha 26 de enero de 2015 y publicada en fecha 02 de febrero de 2015, por el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual se decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de su defendido FRANCISCO JAVIER JOYO y medida cautelar de presentación cada 30 días en contra de Diana Carolina Flores, Ana Victoria Joyo, María Alejandra Joyo, Ender José Villamizar y Carlos Eduardo Gudiño, por el delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Segundo.....