Conforme con los argumentos precedentes este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Declina la Competencia de la presente causa en el Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo Región los Andes con sede en el Estado Barinas. Y así se declara.
Se acuerda remitir las presentes al Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo Región los Andes con sede en el Estado Barinas, en la oportunidad legal correspondiente.
Dado, Firmado Sellado y Refrendado en la Sala del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Barinas, 14 de junio de dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez de Juicio,
Abg. Carlos Bonilla Álvarez
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