PRIMERO: Se NIEGA la solicitud de reposición de la causa solicitada por el abogado en ejercicio Ustinovk Freites Alvaray, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.508, en su carácter de co-apoderado judicial de la sociedad mercantil Autollanos Barinas C.A, ya identificada.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no se hace condenatoria en costas.
TERCERO: No se ordena la notificación de las partes y/o de sus apoderados judiciales, por encontrarse a derecho y dictarse dentro del lapso establecido en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.