En NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la acción de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN interpuesta por la ciudadana MARYELI YECENIA AGUILAR ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.638.429, asistida por la Fiscal Séptima del Ministerio Público abogada Ángela María Rodríguez, actuando en su condición de madre y representante legal de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, nacida en fecha 15/09/2009 de 07 años de edad, contra el ciudadano JORGEN ALBERTO GARCIA RANGEL, titular de la cédula de identidad Nº V-12.012.181.