Se declara de mero derecho la acción de amparo constitucional intentada por las abogadas Adelis del Valle Valero Pérez y Yulma del Carmen Castillo, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nro. 216.588 y 250.940 en su orden, en su carácter de apoderadas judiciales la primera de las mencionadas de los ciudadanos Irma del Carmen Villanueva de Gutiérrez y Eligio José Gutiérrez Villanueva, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.725.579 y 9.254.460 respectivamente y por la segunda del Club Social de Trabajadores de Malariologia, inscrita por ante la Oficina de Registro Público del Municipio y Estado Barinas en fecha 30 de julio de 1991, bajo el Nro. 16, Folios 42 al 43, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, Principal y Duplicado del Tercer Trimestre del año 1991, representado por el ciudadano Robinson Coromoto Méndez Rangel del Carmen Castillo de Torres, co-demandados en el juicio de Interdicto Restitutorio, intentado en su contra por los ciudadanos Héctor Leo.....