Vista la diligencia presentada en fecha 12 de julio de 2017, por la parte demandante, ciudadano Francisco Briceño, asistido por el abogado Jesús Rafael Paris Orasma, mediante la cual Desiste de la solidaridad incoada contra el ciudadano Carlos Iani Ferrari, en consecuencia este Tribunal vista la manifestación realizada de forma voluntaria por la parte demandante y por cuanto en la presente causa no se ha verificado el acto de contestación de la demanda no se requiere el consentimiento de la parte demandada; en consecuencia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el Desistimiento de la demanda solidaria incoada contra el ciudadano Carlos Iani Ferrari, por consiguiente la misma se subsiste únicamente contra la Sociedad Mercantil Universal Gas, C.A y solidariamente contra la ciudadana Eda Ferrari viuda de Iani y se mantiene el llamado para celebrar la Audiencia preliminar en la hora y fecha fijada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.-
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