Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ciudadano Monir José Faraj Cabezas, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Manira del Carmen Faraj.
Se declara CON LUGAR la demanda de reivindicación incoada por la ciudadana: Carmen Alicia Mejías.
Se condena a la ciudadana: Manira del Carmen Faraj, A DESOCUPAR el inmueble consistente en una casa para habitación familiar, ubicada en la Urbanización Rómulo Gallegos, signada con el Nº 6-143, avenida 3, de la población de Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del estado Barinas, y su entrega en la persona de la ciudadana: Carmen Alicia Mejías o de su Apoderado Judicial. Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.
Se condena en las costas del juicio a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida.
Se declara SIN LUGAR LA RECONVENCIÓN interpuesta por la ciudadana: Manira del Carmen Faraj.
Se condena en las costas del recurso a la parte apelante, de conformidad con el artículo 281 d.....