SE DECLARO ADMISIBLES LOS RECURSOS DE APELACIONES interpuestos el primero en fecha 19.08.2014 por las abogadas Carmen Cecilia Riera y Edzora Karina Serrano actuando con el carácter de Fiscales Principal y Auxiliar Décimo Segundas del Ministerio Público y el segundo en fecha 18.09.2014 por la abogada Deicy Milagros Rodríguez en su condición de defensora pública del penado de autos Rubén Darío Buenaventura; contra la decisión dictada en fecha 06.08.2014, por el Tribunal Primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró sin lugar la Medida Humanitaria solicitada a favor del penado Rubén Darío Buenaventura; se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.