PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente causa con ocasión del escrito de reforma de la demanda presentado en fecha 09/11/2011 por el ciudadano Lindolfo Ramón Escalona Vergara, asistido por su apoderado judicial, supra identificados; y en consecuencia declina la competencia en el Juzgado del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a quien le corresponda por distribución.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, reténgase el presente expediente por un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al de hoy.
TERCERO: No se ordena notificar a la partes de la presente decisión por encontrarse a derecho y dictarse dentro del lapso estipulado en el artículo 10 ibidem.
CUARTO: No se hace condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.