DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Se admiten la acusación y las pruebas del Ministerio Público y la Admisión de los Hechos en cargo del acusado y los alegatos de la Defensa en su descargo, se declara responsable al adolescente acusado adolescente Radien José Rechinen Moreno, de nacionalidad venezolana, de 14 años de edad, natural de Esta Ciudad de Barinas, nacido en fecha 03-11-90, de profesión u oficio indefinido, residenciado el Barrio Mi Jardín, calle 02, casa N°. 84 de Esta Ciudad, hijo de Gregoria Moreno y de Santos Rechinen; Robo Agravado en grado de Coautoría y Porte Ilícito de Arma de Fuego previstos en los artículos 460 en relación con el encabezamiento del artículo 83 y 278 ambos del Código Penal Venezolano Vigente, en pe.....