De la decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Pepsi-Cola Venezuela C.A. contra la providencia administrativa número 0186-2013, dictada por el Inspector del Trabajo del Estado Barinas el 26 de febrero de 2013 en el procedimiento de reclamo de pago de prestaciones sociales incoado por el ciudadano Gladymir Pereira Zambrano en contra de dicha empresa. Segundo: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo. Tercero: Se ordena librar exhorto a los fines de notificar al Procurador General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Repúbli.....