Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: La falta de jurisdicción del poder judicial frente a la administración pública para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos incoada por la ciudadana Marbella Lisbeth Moya, titular de la cédula de identidad número V.-16.231.015 contra la Fundación del Niño del municipio Pedro Manuel Rojas del estado Barinas.
Segundo: Se ordena la remisión del expediente, en consulta, a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.