DISPOSITIVA
En mérito de las motivaciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se Declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA PARA SEGUIR CONOCIENDO LA PRESENTE SOLICITUD, en aplicación del dispositivo contenido en el Artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006 dictada en Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia declina la competencia al TRIBUNAL DE MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, al que corresponda por distribución el conocimiento de la presente solicitud de IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS, presentada por el Abogados JOSÉ FREDDY GILLY TREJO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 5.535, en nombre y representación de la .....