En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio propuesta por la solicitante antes identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos Milexi Yaquelin Torres Castro y Luis Eduardo Rosario Cuevas, en fecha (16) de marzo de (2007), por ante el Registro Civil Municipal, del Estado Barinas, según se evidencia de la copia certificada de Registro de Acta Matrimonio Nº 41, del año 2007, expedida por ante el referido registro.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del.....