Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Conversión en Divorcio relacionada con la Separación de Cuerpos y Bienes por mutuo consentimiento incoada por los ciudadanos: NOELIA ZENOELITH PAREDES TORRES y DANIEL DAVID PRADO CARRILLO, ya identificados; en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por dichos ciudadanos el día 08/04/2014, por ante el Registro Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, según Acta de Matrimonio № 0320, cuya copia certificada corre inserta a los folios 2 y 3 del presente asunto.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Munic.....