En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano. ANTONIO JOSE BRICEÑO ROJAS, venezolano, mayor de edad, casado, de profesión guardia nacional, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10 052.976, domiciliado en la Urbanización el Pilar, Avenida Arzobispo Méndez Nº 1-30, Municipio Barinas del estado Barinas, y la ciudadana MARITZA ANTONIETA MONTILLA, venezolana, mayor de edad, casada, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9 386 214, domiciliada en la Urbanización Moromoy, Primera Vereda Nº 18, Parroquia Barinitas Municipio Bolívar Estado Barinas, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO.....