este Tribunal, Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, interpuesta por el ciudadano LUIS ENRIQUE PAREDES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.946.579, debidamente asistido en este acto por la Abogada LISBETH MARIA RONDON VALERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 153.751; contra la ciudadana ANA DOLORES RINCON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-23.142.025 asistida por el abogado LERSSO GONZALEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 72.161. SEGUNDO: Se reconoce la unión concubinaria entre los ciudadanos LUIS ENRIQU.....