DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por las Abogadas María Carolina Merchán Franco y Obdulia Elena Díaz Pérez, en su condición de Fiscal principal y auxiliar Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas respectivamente, contra el auto dictado en fecha 03/02/2010, por el Tribunal 5° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual dicto auto de apertura a juicio contra del acusado Ángel Antonio Zambrano Camacho. Todo de conformidad con artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, el literal "c" del artículo 437 ejusdem, y la jurisprudencia de la Sala Constitucional de fecha 20-06-2005, sentencia 1303.
Regístrese, diarícese, notifíquese a las partes, bájese la presente causa al Trib.....