ACUERDA : PRIMERO: Admite la acusación presenta presentada contra los ciudadano FRANKLIN MORENO ROA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 20.238.525, de mayor edad, edad 34, ocupación obrero, hijo de Damián Moreno (V) Maria Nicanora Roa (V). Residenciado en Fundo Los Claveles, vía el Aeropuerto, Escuela Caño Amarillo Abajo a un kilómetro de la escuela, Reserva Forestal de Ticoporo Socopó del Estado Barinas, por la comisión del delito de ACTIVIDADES ILICITAS EN AREAS ESPECIALES, previsto y sancionado en el Art. 58 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Medio Ambiente. SEGUNDO: Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal al acusado FRANKLIN MORENO ROA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 20.238.525, de mayor edad, edad 34, ocupación obrero, hijo de Damián Moreno (V) Maria Nicanora Roa (V). Residenciado en Fundo Los Claveles, vía el Aeropuerto, Escuela Caño Amarillo Abajo a un kilómet.....