DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones antes expuestas en este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta SENTENCIA en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento del solicitante, ciudadano: ABOU HADOUR FLORES NUHAD YAMAL, asentada por ante Registro Civil de la Parroquia Dolores, Municipio Rojas del Estado Barinas, bajo el Nº 16, de fecha cuatro (04) de febrero de mil novecientos sesenta y tres (1.963) y archivado por ante el Registro Principal del Estado Barinas.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena agregar en el acta de nacimiento en cuestión, los nombres y apellidos de la madre el cual es: "CARMEN DORILA DE ABOU HADOUR" y en lo que respecta a los nombres y apellidos del padre los cuales son .....