En tal virtud, este Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, le Imparte su HOMOLOGACION al Convenimiento suscrito por ante el MINISTERIO PUBLICO de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual el ciudadano: JOSE ANTONIO VARGAS ESTUPIÑAN, ya identificado, se compromete en depositar la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,oo) mensuales como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, para sus hijos: YORGUERY ANTONIO, YANDRY YORJANIA y YOHIMA YUDITH VARGAS APARICIO, también identificados; así mismo, se compromete con el aporte del cincuenta por ciento (50%) de los gastos médicos, medicina, vestido y útiles escolares, cuando los beneficiarios lo requieran. En consecuencia, conforme lo estipula el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil V.....