DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos Yusbeli Coromoto Arteaga González de Villarroel y Reinaldo Coromoto Villarroel Hidalgo, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Corazón de Jesús del Municipio Barinas del estado Barinas, en fecha 23 de diciembre de 1991, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio Nº 287.