Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado Sergio Javier Guerrero Guerrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111062, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Teodovinda Columba Meléndez de Golindano y José Manuel Golindano Herrera, titulares de la cedula de identidad Nros. V.- 1.528.907 y V.- 1.520.227, en su orden, contra la Oficina de Registro Público del Primer Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira.