IV
                                               DECISION
Por razones antes expuestas, este  Tribunal Primero Superior  de la Coordinación Laboral  de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE  APELACION interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión de fecha: 15 de Junio del año 2015, dictada por el Juzgado Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión proferida por el 15 de Junio del año 2015, dictada por el Juzgado Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Remítase el presente expediente a la Unidad de.....