Se repone la causa al estado de que sea notificado el tercero interesado en el presente juicio, empresa Petróleos de Venezuela (PDVSA), en su domicilio principal ubicado en la sede La Campiña, Avenida Libertador de la ciudad de Caracas; en el entendido, que una vez que sea verificada su notificación en autos comenzarán a contarse los lapsos establecidos en el auto de abocamiento efectuado de seis (06) días consecutivos que se conceden como término de la distancia, y vencido éste el Tribunal fijará oportunidad para la celebración de la correspondiente audiencia de juicio dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.-