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DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Competente para el conocimiento de la presente acción extraordinaria de amparo constitucional.
SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE, la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano Alberto Marín Vertel Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.554.384, asistido por el abogado Pedro Adonay Simancas Ochoa, titular de la cédula de identidad N° V-9.987.656, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.474, incoada por denuncia de violación o amenaza de violación del derecho o garantías constitucionales, cometido a su decir por el Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: No hay condenatoria en co.....