D I S P O S I T I V A:
Por las razones de Hecho y de Derecho antes expuestas, este Tribunal del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención interpuesta en fecha tres de Abril del año 2008, por la ciudadana: Rudys Coromoto Guédez Carballo; en contra del padre de su hijo ciudadano: José Miguel Pérez Puerta, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 20.099.035 y en consecuencia, fija la cantidad de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs. Fte. 200,oo) Mensuales y Adicionalmente en el mes de Diciembre, una Bonificación Especial en la cantidad de Trescientos (300,oo) Bolívares Fuertes, para la adquisición de vestuario y calzados de fin de año y que contribuya con el 100% en los gastos médicos y medicinas que se ocasionen en casos de enfermedad. Q.....