En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION. Interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en sentencia de fecha 26 de abril de 2.005.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 26 de Abril de 2.005
TERCERO: No se condena en costas a la parte apelante, dado que los trabajadores devengan menos de tres salarios mínimos de conformidad con lo preceptuado en los artículos 64 de la Le.....