D I S P O S I T I V A:
Por las razones de Hecho y de Derecho antes expuestas, este Tribunal del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
PRIMERA: Parcialmente Con lugar, la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención interpuesta en fecha veinte (20) de Mayo del año 2008, por la Ciudadana GABRIELA CAROLINA MATERAN TERÀN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal Nro V.- 17.659.422, domiciliada en el Barrio la Palmita, Calle Principal de la población de Dolores, Municipio Rojas, Estado Barinas, en representación de su hija la niña MARIA GABRIELA APONTE MATERAN, venezolana, de cuatro (04) años de edad; y en contra del padre de su hija el Ciudadano: ANNER EDUARDO APONTE ROJAS, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad pe.....