Vista la diligencia del 12/12/2016, suscrita por la ciudadana Beatriz Auxiliadora García de Aguerrevere, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.747.630, actuando como representante legal de la sucesión Andrés AguerrevereCossio, asistida por el abogado Julio Senen Rivas Sotomayor, venezolano titular de la cedula de identidad Nº V- 23.164.244, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.142, en la cual solicita al ciudadano Juez se aboque al conocimiento del presente asunto, se acuerda en conformidad; en consecuencia, me aboco al conocimiento del mismo, por tanto, déjese transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho previsto en el articulo 90 del Código de Procedimiento Civil, contados a partir del día siguiente del presente auto, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, se reanudara el asunto en el estado que se encuentra.