D I S P O S I T I VA Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA, PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por los abogados Edgardo Ramón Sánchez Clara y Pablo Antonio Pimentel Pérez Fiscal Titular Segundo y Fiscal Auxiliar Segundo Ministerio Público, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control en fecha 10.12.08, mediante la cual decretó medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Revoca la decisión recurrida, todo de conformidad con los artículos 250 ordinal 3ro, 251, 173 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la orden de aprehensión solicitada, contra el imputado Deivis Nadiel Araujo Montilla, para restablecer la situación jurídica que tenía antes de l.....